Es muy posible que en algún momento hayas escuchado que no se aplica el IVA en la formación. Pero siempre hay ciertas excepciones que se pasan por alto y que pueden darte un susto con Hacienda.
La ley establece que estas son las actividades con exención del IVA en la formación:
«Art. 9. La educación de la infancia y de la juventud, [...], la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por Entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades».
«Art. 10. Las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo».
«Art. 11. 11.º Las cesiones de personal realizadas en el cumplimiento de sus fines, por entidades religiosas inscritas en el Registro correspondiente del Ministerio de Justicia, para el desarrollo de las siguientes actividades:
[...]
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
A simple vista puede parecer que todas las empresas y profesionales del sector formativo pueden dejar de aplicar el IVA en sus facturas, pero esto no es cierto.
Recuerda: cuando facturas a profesionales es necesario que retengas IRPF.
Hay determinados puntos que en la práctica han demostrado ser fruto de conflictos en cuanto a la exención del IVA en la formación:
Por todo esto, si ofreces formación como empresa o profesional, lo mejor es que consultes a un especialista sobre la exención de IVA en la formación para tu caso. Nuestro departamento de Derecho Administrativo tiene experiencia en casos como el tuyo y podrás encontrar todo el asesoramiento que necesitas. Y, por supuesto, la tranquilidad de hacerlo todo bien frente a Hacienda.
MADRID:
C. del Aguacate, 41, Carabanchel, 28054 Madrid
Edificio A2, Planta 4
De lunes a jueves de 8 a 17 h.
Viernes de 9 a 14 h.
TORREJÓN DE ARDOZ:
De lunes a viernes de 8 a 15 h.
Cada caso es diferente y debe tener un presupuesto personalizado. Consulta gratis tu presupuesto a medida y en menos de 24 horas lo recibirás. Puedes pagar con tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
Ponte en contacto con nosotros para concertar una reunión de forma totalmente gratuita, presencial o por videollamada. Te podemos enviar nuestra hoja de encargo de forma telemática para que no tengas que realizar desplazamientos.
Más de 100 clientes satisfechos avalan nuestra calidad y experiencia. Puedes consultar las reseñas de Google para mayor detalle.
Nuestro presupuesto incluirá el asesoramiento inicial, tramitación de tu caso y resolución de dudas durante el transcurso del mismo. Estaremos 100% disponibles para atender todas tus dudas.
¡Por supuesto! A través de nuestro software jurídico podrás tener acceso a tu expediente y ver la documentación sin necesidad de desplazarte.
Te asignaremos un abogado para tratar tu caso al que podrás contactar por teléfono, email y Whatsapp.
Comentarios