Todas las empresas se exponen a la responsabilidad civil subsidiaria por el propio desarrollo de su actividad. Pese a esto, algunas personas al mando de ellas pueden desconocer cuándo pueden reclamarles la RC subsidiaria.
Consiste en la obligación de asumir las reclamaciones por daños a terceros ocasionadas por actos relacionados con la propia actividad profesional, cuando los actos procedan de personas físicas o jurídicas que actúan en nombre de la empresa.
Esta obligación indica que de forma indirecta la empresa es el responsable final de hacer frente a las reclamaciones de los terceros perjudicados.
• Culpa in eligendo. Esta locución latina se usa para determinar la responsabilidad civil de la persona empleadora por los actos del empleado que eligió. En este sentido, se relaciona con su deber de seleccionar de forma diligente a quienes se encarguen de realizar las tareas. La elección de personas no cualificadas implica una responsabilidad directa del empresario.
• Culpa in vigilando. Se refiere a la responsabilidad civil derivada por los actos de personas sobre las que otros tienen el deber de vigilancia. Es el caso de los empresarios respecto de los empleados, por ejemplo.
• Negligencia cometida en tu centro de trabajo o por profesionales a tu cargo. Habrá que explorar los límites de la responsabilidad penal, aunque la responsabilidad civil recaerá sobre la empresa.
• Accidentes fortuitos entre terceros y personal de tu plantilla en tus instalaciones.
• Infracción de reglamentos de policía o disposiciones de la autoridad. El titular del establecimiento es el responsable civil subsidiario de cualquier infracción en el centro de trabajo.
• Delitos cometidos en medios de comunicación. Los titulares de los medios también tienen una responsabilidad civil subsidiaria con lo que se publique en su medio.
Si miramos las sentencias al respecto se aprecia que mientras el Compliance Penal —plan de prevención de riesgos penales en la empresa— sí evita la responsabilidad penal subsidiaria del empresario, no ocurre lo mismo con la responsabilidad civil subsidiaria.
En estos casos, lo normal es que la empresa tenga que hacer frente a la indemnización económica por el acto cometido, que suele cubrirse con un seguro de responsabilidad civil.
En cualquier caso, el asesoramiento continuo con abogados es la mejor herramienta para evitar reclamaciones de terceros y saber cómo actuar en caso de que ocurran. Si te interesa la protección en estas y otras situaciones empresariales, infórmate sobre nuestro servicio de escudo jurídico.
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